Los empleados pueden rechazar el registro del tiempo mediante huella dactilar

Los empleados pueden rechazar el registro del tiempo mediante huella dactilar

El 4 de junio de 2020, el Tribunal Regional de Trabajo de Berlín-Brandemburgo dictaminó que un empleado no tiene por qué tolerar el registro horario mediante huella dactilar. La referencia del caso es 10 Sa 2130/19. El caso: El empleador de una consulta de radiología introdujo un sistema de registro del tiempo con un escáner de huellas dactilares, uno de los empleados se negó a utilizar este sistema de registro del tiempo.

El Tribunal Regional de Trabajo falló a favor del empleado porque el sistema registraría datos biométricos y tal registro sólo está permitido en casos absolutamente excepcionales de conformidad con el artículo 9, apartado 2, del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

  • Edición: Januar
  • Año: 2020
Image

Eugen G. Leuze Verlag GmbH & Co. KG
Karlstraße 4
88348 Bad Saulgau
GERMANY

Tel.: +49 7581 4801-0
Fax: +49 7581 4801-10
E-Mail: info@leuze-verlag.de

 

Suscríbase ahora a nuestro boletín informativo: