Los gordos y la seguridad en el trabajo - Parte 1 - Definiciones

Mitarbeiter im Büro unterliegen weniger körperlichen Stressfaktoren … (Beide Bilder: KI von stock.adobe.com)

Las personas gordas en un entorno de trabajo físicamente difícil pueden suponer un peligro para sí mismas y para los demás. Por eso gozan de una protección jurídica especial.

En el pasado, las cosas estaban claras: la altura superior a 100 centímetros en kilogramos era el peso normal. Así, una mujer de 1,70 metros podía pesar 70 kg, y un hombre de 1,82 82 kg. Los médicos también permitían una diferencia de más-menos diez por ciento con respecto a este valor. Si pesabas menos, estabas por debajo de tu peso, si pesabas más, tenías sobrepeso.

Hoy en día, la situación es mucho más complicada. En primer lugar, el legislador distingue entre sobrepeso y obesidad. Para determinar la diferencia entre ambas condiciones, primero hay que determinar otro parámetro llamado Índice de Masa Corporal, o IMC para abreviar.

El IMC se calcula mediante la siguiente ecuación

IMC = peso corporal : (altura)2

En el caso de la mujer antes mencionada, se aplica lo siguiente

IMC = 70 kg : (1,70 x 1,70)

IMC = 24,2

 

En la actualidad, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha definido las siguientes gradaciones:

Sobrepeso: IMC 25 hasta un IMC de 29,9

Obesidad I: IMC 30 hasta un IMC 34,9

Obesidad II: de un IMC de 35 a 39,9

Obesidad III: a partir de un IMC de 40

Mientras que el IMC es la medida de todas las cosas en los círculos del fitness, los médicos del trabajo en particular critican este valor. El principal argumento en su contra es que no diferencia entre masa muscular y porcentaje de grasa corporal. Esto se debe a que la ecuación que se muestra aquí sólo tiene en cuenta la masa corporal total. Tampoco tiene en cuenta la edad de una persona, pero sobre todo su sexo. Por tanto, el IMC supone que tanto las mujeres como los hombres sufren los mismos efectos de un IMC demasiado alto o demasiado bajo.

La obesidad es una discapacidad

Por supuesto, quien nace con una discapacidad congénita no puede evitarla. Mientras que las discapacidades mentales o físicas no se producen al nacer, la obesidad suele ser autoinfligida, debido a una ingesta excesiva de calorías. Más del 90% de las personas obesas comen demasiado y mal, lo que suele combinarse con muy poco ejercicio. Pero también hay otros motivos, como la obesidad causada por la toma de medicamentos.

Ya sea autoinfligida o causada por otros: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó en una sentencia (C-354/13 FOA, de 2014) que la obesidad constituye en sí misma una discapacidad, independientemente de su origen. Esta jurisprudencia choca con la opinión jurídica alemana. En este país, una persona obesa solo se consideraba discapacitada cuando se producía una enfermedad derivada.

Y eso ya no es tan raro. Para empezar, sólo en Alemania el 67% de los hombres tiene sobrepeso. Sólo el 53% de las mujeres están afectadas. Sin embargo, alrededor de una cuarta parte de ambos sexos (el 23% de las mujeres y el 24% de los hombres) son obesos. Y esto puede ser motivo de muchas dolencias y enfermedades. Los expertos creen que la obesidad y sus consecuencias suponen una enorme carga para el sistema sanitario.

Han identificado más de 60 enfermedades secundarias, entre ellas las más graves

  • diabetes
  • gota
  • hígado graso
  • enfermedades estomacales
  • infarto de miocardio
  • accidente cerebrovascular
  • hipertensión arterial
  • asma
  • Problemas reproductivos
  • Trastornos hormonales
  • Apnea del sueño

Aún no se sabe con certeza si la obesidad también favorece el cáncer, y la atención se centra sobre todo en los cánceres del tubo digestivo, como el cáncer de intestino o el cáncer de riñón. Lo que sí es seguro es que el riesgo de desarrollar diabetes de tipo 2 es 22 veces mayor y el riesgo de sufrir un paro cardíaco es cuatro veces mayor.

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No obstante, la sentencia del TJCE sigue siendo aplicable y esto tiene otro efecto: aunque sea por su propia culpa, las personas con mucho sobrepeso no pueden ser procesadas ni sancionadas por la legislación laboral.

La obesidad tiene implicaciones prácticas para el empresario en lo que respecta al rendimiento laboral y la seguridad del empleado. El rendimiento laboral se compone de la capacidad de un empleado para rendir (incluidas las características físicas) y de su voluntad de rendir (características psicológicas). Es indiscutible que el rendimiento está directamente relacionado con la constitución física de un empleado. En el caso de una persona obesa, es muy posible que existan factores inhibidores del rendimiento: fatiga rápida, sudoración excesiva, falta de forma física... y las consiguientes dificultades de concentración. En este caso, el empresario está obligado a proporcionar a su empleado medidas especiales de protección. Puede tratarse, por ejemplo, de que le releve de trabajos especialmente pesados o de que le proporcione sistemas de asistencia adecuados para realizarlos. Un ejemplo para un taller de galvanoplastia podría ser que, en las líneas de baño de suministro manual, las piezas no se arrastren, sino que se alimenten mediante una transpaleta asistida eléctricamente.

En las listas de comprobación utilizadas por diversas asociaciones de seguros de responsabilidad civil patronal para determinar las causas de los accidentes, el punto "condiciones físicas" de los implicados figura desde hace varios años en el menú "factores personales". Así pues, el análisis de los accidentes aborda directamente la cuestión de las características físicas. El objetivo del análisis es siempre evitar accidentes posteriores de naturaleza similar en un entorno similar.

Por cierto, la obesidad no sólo es objeto de los accidentes laborales. La evaluación del absentismo, las enfermedades profesionales, los cuasi accidentes o incluso las deficiencias de salud recurrentes tiene en cuenta el factor de la constitución física.
- Continuará -

 

  • Edición: Januar
  • Año: 2020
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